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Los becarios ya cotizan a la Seguridad Social

Los becarios por fin existen en los registros de la Seguridad Social. Desde el 1 de noviembre de 2011 al actualmente exministro de Trabajo, Valeriano Gómez, anunció que cualquier Institución, Organismo, Fundación o empresa que emplee a becarios en prácticas profesionales tendrá la obligación de cotizar por ellos.

Este nuevo paso en la regulación de la Seguridad Social supondrá un pequeño avance en la situación actual de los becarios españoles. A partir de ahora, cualquier becado tendrá el derecho a la base mínima de cotización, lo que supone la misma protección que los asalariados de régimen general: pensión, baja por enfermedad, maternidad, etc. Salvo que no incluye la protección por desempleo.

Los empleadores deben de dar de alta a partir de ahora a todos sus empleados becados, aunque tendrán hasta el 31 de enero de 2012 para abonar las cuotas correspondientes a noviembre y diciembre –en el caso de que hubiera que hacerlo-.

La nueva iniciativa forma parte de la nueva reforma de pensiones aprobada por el Parlamente el 21 de julio de 2011; la cual eleva la edad de jubilación a los 67 años y aumenta el período de cálculo de la pensión.

Con ella se espera que la Seguridad Social se embolse 18 millones de euros al año, más 120 millones de euros por los rescates de becas no cotizadas anteriormente; y que beneficia a entre 100.000 y 200.00 personas que se encuentran en esta situación.

 

A quién se dirige

Este nuevo Real Decreto favorece a todos aquellos becarios con formación universitaria que estén realizando prácticas remuneradas en cualquiera empresa o entidad.  Esto es, según el Gobierno, un beneficio para las 30.000 personas que se encuentran en esta situación actualmente en España.

No obstante, los becarios no contarán como afiliados a  la Seguridad Social exactamente, si no que aparecerán como asimilados -como los trabajadores por cuenta ajena-; lo que les sigue dando derecho a las situaciones anteriormente citadas.  Para evitar confusiones, se ha creado un epígrafe específico para las personas que coticen bajo esta figura.

No obstante, no se podrá aplicar a las becas no remuneradas ni a las que se conceden para ampliar estudios, al igual que a las de personal de investigación, por estar ya incluidas en la legislación del Régimen Regular.

También se beneficiará a aquellos que hayan estado en situación de becario antes de la aprobación del  Real Decreto, pudiendo rescatar hasta dos años de cotización  antes del 31 de diciembre de 2012. Pero, en este caso,  el pago por el rescate del periodo cotizado correrá a cargo del beneficiario.  El procedimiento para poder tener derecho a esta cotización se llevará a cabo presentando ante el Instituto de la Seguridad Social un certificado expedido por el empleador como prueba de que fue becario. Después se deberá firmar con la Seguridad Social el convenio individual.

En definitiva, este nuevo Decreto interesa a todos aquellos que, habiendo trabajado bajo esta situación años pasados, necesiten periodos cotizados para alcanzar los 37 años que estipula la nueva reforma de la Seguridad Social como periodo mínimo para obtener el 100% de la pensión de jubilación.

El máximo computable en ambos casos será de dos años, aunque las cotizaciones de los becarios antes del Decreto se podrán abonar en el doble de tiempo de la solicitud de su reconocimiento.

 

Las cifras

Con este nuevo Real Decreto se establece una cuota mensual de 48 euros por cada becario, de los cuales 42 los tiene que pagar el empleador y 6 el empleado. Es de carácter retroactivo, aunque aquellos que acrediten antiguos programas de formación a su cotización deberán pagar 1.800 euros por año, según estimó el Ministerio de Trabajo.

Este cálculo fue publicado junto con el Decreto. Para ello se debe tomar la base mínima de cotización vigente del período al que nos referimos, y aplicarle un coeficiente reductor de 0’77. Esto supone un pago medio de 75 euros por cada mes rescatado. El interesado podrá, no obstante, elegir como quiere abonar esta cantidad: con un pago único, o bien en pagos mensuales fraccionados.

Esta nueva situación para los becarios se vaticina como una salvación para no acabar condenando a los jóvenes a perder el derecho a la cotización social. Además, al asemejarse al de los trabajadores por cuenta ajena, es muy probable que esto sirva de incentivo para las empresas a la hora de la contratación.